Impuestos al comprar vivienda en Extremadura

Tarifa por tramos desde el 8 %, con 7 % en vivienda habitual y 4 % para jóvenes, familias numerosas y monoparentales y personas con discapacidad.

Aquí los tipos reducidos tienen dos llaves: el valor de la vivienda y tus ingresos. Falla cualquiera de las dos y vuelves a la tarifa general.

Los datos salen del texto consolidado del Decreto Legislativo 1/2018, con las reformas de la Ley 2/2026 ya incorporadas.

Tu compra

El valor real o declarado
Determina si pagas ITP o IVA
Los reducidos tienen requisitos estrictos

La tarifa general, que sí es progresiva

Porción de base liquidableTipo
Entre 0 y 360.000 €8 %
Entre 360.000,01 y 600.000 €10 %
Más de 600.000 €11 %

Y aquí la norma no deja lugar a dudas, porque lo dice con todas las letras: «la cuota íntegra será la suma de las cuotas correspondientes a las cantidades situadas dentro de cada escalón, a las que se aplica el tipo propio de cada uno de ellos».

Es decir, funciona como el IRPF. Por 400.000 € pagas el 8 % de los primeros 360.000 —28.800 €— más el 10 % de los 40.000 restantes —4.000 €—: 32.800 €, un tipo medio del 8,2 %.

Merece la pena señalarlo porque la escala asturiana, que se parece mucho sobre el papel, funciona justo al revés.

Las dos llaves de los tipos reducidos

Para bajar del 8 % hay que pasar dos filtros a la vez:

  • El valor de la vivienda no puede superar los 200.000 €.
  • La suma de tus bases imponibles general y del ahorro en el IRPF no puede pasar de 30.000 € en tributación individual ni de 55.000 € en conjunta.

Si no estás obligado a declarar en el IRPF, la norma te da por cumplido el segundo requisito siempre que tus ingresos netos no superen esos mismos límites.

Cumpliendo ambos, el tipo baja al 7 % por ser tu vivienda habitual. Esta calculadora comprueba el límite de valor, pero no te pregunta cuánto ganas —ni debe—: ese lo compruebas tú.

Quién llega al 4 %

Cumpliendo esos mismos dos requisitos, el tipo baja al 4 % si además:

  • Tienes menos de 36 años cumplidos en la fecha de devengo.
  • Formas parte de una familia numerosa, o eres ascendiente separado o sin vínculo matrimonial con dos hijos por los que tengas derecho a la totalidad del mínimo por descendientes.
  • Tienes reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, o acreditas necesitar ayuda de terceros para desplazarte, o tienes reconocida movilidad reducida, o se ha establecido tu curatela representativa.

Un detalle que ahorra disgustos: si compráis en matrimonio o en pareja de hecho inscrita, para la edad y para la discapacidad basta con que el requisito lo cumpla uno de los dos. No hace falta que lo cumpláis ambos, al contrario que en Castilla y León.

También hay un 4 % para las viviendas protegidas con precio máximo legal, que además llevan el AJD más bajo de la comunidad: el 0,1 %.

Un aviso sobre lo que ya no existe

Extremadura tuvo un tipo reducido específico para menores de 36 años en viviendas que no fueran protegidas. La Ley 2/2026, de 3 de agosto, lo derogó.

Lo mencionamos porque muchas páginas siguen publicándolo. Los jóvenes tienen hoy el 4 % del artículo 41, que exige los límites de valor y renta que hemos visto.

Obra nueva

En obra nueva pagas IVA del 10 %, estatal, más el AJD extremeño: 1,5 % general, 0,5 % en vivienda habitual que cumpla los dos límites, y 0,1 % en vivienda protegida con precio máximo legal.

Plazo y modelo

Un mes desde que se cause el acto o contrato, con el modelo 600. Lo fija la propia norma extremeña, no la regla estatal.

Fuentes

Consultadas el 14 de septiembre de 2026. Compara con el resto de comunidades.

Aviso: estimación orientativa de los impuestos, sin incluir notaría, registro ni gestoría. Los tipos reducidos exigen varios requisitos simultáneos que aquí se resumen, y su incumplimiento posterior obliga a una autoliquidación complementaria. Los reducidos extremeños llevan dos límites a la vez, uno de valor y otro de renta, y la calculadora no pregunta por tus ingresos: comprueba el segundo por tu cuenta. No constituye asesoramiento fiscal ni jurídico: confirma tu caso con la Dirección General de Tributos de la Junta de Extremadura o con un asesor.

Tipos verificados en el texto consolidado del Decreto Legislativo 1/2018 el . Se revisan cada enero. Los cálculos se realizan íntegramente en tu navegador.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga de ITP en Extremadura?
La tarifa general es del 8 % hasta 360.000 €, 10 % entre 360.000,01 y 600.000 €, y 11 % por encima, aplicada por tramos. Baja al 7 % si es tu vivienda habitual y al 4 % para jóvenes, familias numerosas o monoparentales, personas con discapacidad y viviendas protegidas.
¿La tarifa se aplica por tramos o de golpe?
Por tramos, y la norma lo dice expresamente: la cuota íntegra es la suma de las cuotas de cada escalón, con el tipo propio de cada uno. Por 400.000 € se paga el 8 % de los primeros 360.000 más el 10 % de los 40.000 restantes: 32.800 € en total.
¿Qué requisitos tiene el tipo del 7 %?
Dos, y hay que cumplirlos a la vez: que el valor de la vivienda no supere los 200.000 €, y que la suma de tus bases imponibles general y del ahorro en el IRPF no pase de 30.000 € en tributación individual o 55.000 € en conjunta. Si no estás obligado a declarar, valen tus ingresos netos con esos mismos límites.
Tengo 34 años. ¿Me corresponde el 4 %?
Si además la vivienda va a ser tu residencia habitual, no supera los 200.000 € y no pasas del límite de renta, sí. La edad se mide en la fecha de devengo del impuesto: menos de 36 años cumplidos.
Compramos en pareja y solo uno cumple la edad. ¿Perdemos el 4 %?
No. En los supuestos de edad y de discapacidad, si la adquisición la hacen dos personas casadas o una pareja de hecho inscrita, basta con que el requisito lo cumpla uno de los dos. Es más generoso que en otras comunidades, donde se exige que lo cumplan todos los compradores.
¿Sigue existiendo el tipo especial para menores de 36 años?
El que existía para viviendas que no fueran protegidas quedó derogado por la Ley 2/2026, de 3 de agosto. Muchas páginas siguen publicándolo. Hoy los jóvenes van por el 4 % del artículo 41, con los límites de valor y renta que hemos descrito.
Compro obra nueva. ¿Qué pago?
IVA del 10 %, que es estatal, más AJD, que fija Extremadura: 1,5 % general, 0,5 % en vivienda habitual que cumpla los límites de valor y renta, y 0,1 % en vivienda protegida con precio máximo legal.
¿Cuál es el plazo para presentar el impuesto?
Un mes contado desde la fecha en que se cause el acto o contrato, con el modelo 600. Lo fija la propia norma extremeña en su artículo 67, no la regla estatal de 30 días hábiles.

Los impuestos en las otras comunidades

Cada comunidad tiene su propio modelo, no el mismo con otro porcentaje. Compara con la tuya:

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