Impuestos al comprar vivienda en Baleares
Escala del 8 % al 13 % según el valor, con dos tipos reducidos que pueden dejarlo en el 2 %. Y una mecánica de cálculo que no usa ninguna otra comunidad: el tipo medio.
Los datos salen del texto consolidado del Decreto Legislativo 1/2014, enlazado al final.
Tu compra
Desglose
| Concepto | Importe | Detalle |
|---|
La escala
| Tramo de valor | Tipo | Cuota acumulada al final |
|---|---|---|
| Hasta 400.000 € | 8 % | 32.000 € |
| De 400.000 a 600.000 € | 9 % | 50.000 € |
| De 600.000 a 1.000.000 € | 10 % | 90.000 € |
| De 1.000.000 a 2.000.000 € | 12 % | 210.000 € |
| Más de 2.000.000 € | 13 % | — |
Es progresiva: cada tramo grava solo la parte del valor que cae dentro de él, como el IRPF.
El «tipo medio»: la particularidad balear
Aquí está lo que hace distinta a Baleares, y conviene entenderlo porque explica por qué nuestro resultado puede diferir en unos euros de otras calculadoras.
La norma no aplica los tramos directamente a la base. Hace tres pasos:
- Calcula la cuota que resulta de la tarifa.
- Obtiene el tipo medio: esa cuota dividida entre el valor total, por cien.
- Lo redondea a dos decimales y aplica ese tipo a la base liquidable.
Y el redondeo tiene su propia regla, que la ley detalla: el segundo decimal se redondea al alza solo cuando el tercero es mayor que 5, y a la baja cuando es igual o inferior a 5. No es el redondeo habitual.
Con 450.000 €, por ejemplo, la tarifa da 36.500 € pero el tipo medio queda en el 8,11 %, así que la cuota final es de 36.495 €. Cinco euros de diferencia que salen de aplicar la norma tal y como está escrita.
Los dos tipos reducidos
Ambos comparten el mismo límite de valor, y es una cifra peculiar que aparece así en la ley: 270.151,20 €.
| Situación | Tipo | Límite |
|---|---|---|
| Vivienda habitual, sin ser titular de otra | 4 % | 270.151,20 € |
| Menor de 36 años, primera vivienda | 2 % | 270.151,20 € |
| Con mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes | 2 % | 270.151,20 € |
Los requisitos del 4 %, que son la base de todo
El 2 % no sustituye a los requisitos del 4 %: los añade. Para cualquiera de los dos hace falta:
- Que el inmueble sea tu vivienda habitual en el momento de la adquisición.
- Que adquieras al menos el 50 % de la plena propiedad o del derecho de uso o disfrute.
- Que no seas titular ni cotitular en un 50 % o más de ningún otro derecho de propiedad plena, uso o disfrute sobre otra vivienda.
- Que el valor no supere los 270.151,20 €.
La ley avisa además de algo que conviene tener presente: si después se incumplen estos requisitos, se pierde el derecho al tipo reducido y hay que presentar una autoliquidación complementaria en el plazo de un mes desde el incumplimiento.
Familias numerosas y monoparentales
La norma también les reconoce el 2 %, pero su límite de valor no es una cifra fija: se calcula incrementando en un 15 % un importe que fija una orden específica. Como no es un número que podamos publicar con certeza, no lo incluimos en la calculadora. Consúltalo en la Agencia Tributaria de las Illes Balears.
Obra nueva y garajes
En obra nueva pagas IVA del 10 % más AJD del 1,5 %: un 11,5 % en total.
Y un detalle poco conocido: los garajes que no son anexos a una vivienda tienen su propia escala, del 8 % hasta 30.000 € y del 9 % por encima. Los anexos a vivienda, hasta un máximo de dos, van con la escala general de la vivienda.
Plazo y modelo
Un mes, con el modelo 600.
Fuentes
- Decreto Legislativo 1/2014, texto refundido de los tributos cedidos de las Illes Balears, texto consolidado, artículos 10 y 15
- IVA del 10 % en viviendas: Ley 37/1992, artículo 91, texto consolidado
Consultadas el 14 de septiembre de 2026. Compara con el resto de comunidades.
Aviso: estimación orientativa de los impuestos, sin incluir notaría, registro ni gestoría. Los tipos reducidos exigen varios requisitos simultáneos que aquí se resumen, y su incumplimiento posterior obliga a una autoliquidación complementaria. No incluimos el supuesto de familias numerosas y monoparentales porque su límite de valor no es una cifra fija. No constituye asesoramiento fiscal ni jurídico: confirma tu caso con la Agencia Tributaria de las Illes Balears o con un asesor.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga de ITP en Baleares?
¿Qué es eso del «tipo medio»?
¿Hay tipos reducidos?
¿De dónde sale esa cifra tan rara de 270.151,20 €?
Soy menor de 36 años. ¿Me corresponde el 2 %?
¿Y las familias numerosas?
Compro obra nueva. ¿Qué pago?
¿Y si compro solo un garaje?
Los impuestos en las otras comunidades
Cada comunidad tiene su propio modelo, no el mismo con otro porcentaje. Compara con la tuya: