Impuestos al comprar vivienda en Cantabria
Tipo general del 9 %, 7 % si va a ser tu vivienda habitual y 4 % o 3 % según tu situación.
Con una regla propia que conviene entender: en Cantabria los tipos reducidos no se pierden cuando la vivienda vale mucho. Solo alcanzan a los primeros 300.000 €, y al resto se le aplica el tipo general.
Los datos salen del texto consolidado del Decreto Legislativo 62/2008, enlazado al final.
Tu compra
Desglose
| Concepto | Importe | Detalle |
|---|
El tope de 300.000 €, que no es un corte
En Madrid, en Baleares o en Canarias, pasarse del límite de valor significa perder el tipo reducido y volver al general sobre todo el precio. Un euro de más cuesta miles.
Cantabria lo resuelve mejor. Su artículo 9.7 dice que los tipos reducidos «solo serán aplicables hasta 300.000 euros del valor del inmueble» y que «para el tramo que exceda a dicho valor será de aplicación el tipo de gravamen general».
Es decir: si compras tu vivienda habitual por 400.000 €, pagas el 7 % de los primeros 300.000 —21.000 €— y el 9 % de los 100.000 restantes —9.000 €—. Total, 30.000 €. No pierdes el beneficio: se queda a medias.
Los tipos, de mayor a menor
- 9 % general.
- 7 % si va a ser tu vivienda habitual, sin más requisitos de colectivo.
- 5 % si vas a rehabilitar la vivienda de inmediato.
- 4 % en vivienda habitual si cumples alguno de estos: familia numerosa o monoparental; discapacidad de entre el 33 % y el 65 %; menos de 40 años en la fecha de adquisición; vivienda de protección pública; o vivienda en un municipio con riesgo de despoblamiento.
- 3 % si tienes una discapacidad igual o superior al 65 %.
Fíjate en el detalle de la discapacidad: Cantabria la parte en dos tramos. Entre el 33 % y el 65 %, el 4 %. A partir del 65 %, el 3 %. Son supuestos distintos de la norma, no uno escalonado.
El umbral de edad, más generoso de lo habitual
El requisito de juventud aquí es tener menos de 40 años. La mayoría de las comunidades corta en 35 o en 36, así que Cantabria deja dentro a cuatro o cinco años más de compradores.
Y si compráis varias personas y no todas cumplís el requisito de edad, el tipo reducido se aplica solo a quienes lo cumplen, en proporción a su participación en la compra.
Hay que pedirlo por escrito
Un aviso que cuesta dinero olvidar: el artículo 9.9 exige que los tipos reducidos se soliciten expresamente en el documento en que se formalice la transmisión. No se aplican de oficio.
La rehabilitación inmediata
El 5 % para viviendas que vayas a rehabilitar de inmediato tiene condiciones concretas: hacerlo constar en la escritura, que las obras cuesten al menos el 25 % del precio de adquisición, que terminen en menos de 18 meses y que el inmueble mantenga el uso de vivienda durante los tres años siguientes a las obras.
Quedan expresamente excluidas las viviendas de uso turístico.
Obra nueva
IVA del 10 %, estatal, más el AJD cántabro: 1,5 % general, 1 % en vivienda habitual, 0,1 % para los colectivos del 4 % y 0,05 % para la discapacidad del 65 %.
Las escrituras de préstamo con garantía hipotecaria van al 2 %, pero ese AJD lo paga el banco desde el Real Decreto-ley 17/2018.
Y un matiz de la norma: los tipos reducidos de AJD no se aplican a documentos que protocolicen actos distintos de la adquisición de la vivienda, aunque se otorguen en el mismo documento.
Plazo y modelo
30 días hábiles desde la escritura, con el modelo 600. Cantabria no amplía el plazo en su texto refundido, así que rige la regla estatal del artículo 102 del Reglamento del impuesto.
Fuentes
- Decreto Legislativo 62/2008, texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de tributos cedidos por el Estado de Cantabria, texto consolidado, artículos 9 y 13
- IVA del 10 % en viviendas: Ley 37/1992, artículo 91, texto consolidado
- Plazo de presentación: Real Decreto 828/1995, Reglamento del ITP y AJD, artículo 102.1, texto consolidado
Consultadas el 14 de septiembre de 2026. Compara con el resto de comunidades.
Aviso: estimación orientativa de los impuestos, sin incluir notaría, registro ni gestoría. Los tipos reducidos exigen varios requisitos simultáneos que aquí se resumen, y su incumplimiento posterior obliga a una autoliquidación complementaria. Los tipos reducidos cántabros no se pierden al superar los 300.000 €: se quedan a medias, porque solo alcanzan a ese primer tramo. No constituye asesoramiento fiscal ni jurídico: confirma tu caso con la Agencia Cántabra de Administración Tributaria o con un asesor.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga de ITP en Cantabria?
¿Qué pasa si la vivienda cuesta más de 300.000 €?
¿Es mejor ese sistema que un límite de valor normal?
Tengo 38 años. ¿Entro en el tipo reducido?
Tengo una discapacidad del 70 %. ¿Voy por el 4 % o por el 3 %?
¿Los tipos reducidos se aplican solos?
¿Qué exige el 5 % por rehabilitación?
Compro obra nueva. ¿Qué pago?
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