Impuestos al comprar vivienda en Aragón

Tarifa por tramos del 8 % al 10 %, y encima bonificaciones sobre la cuota: del 12,5 % para varios colectivos y del 50 % para familias numerosas.

Aragón mezcla los dos modelos que hemos visto por separado —la tarifa progresiva de Cataluña y la bonificación en cuota de Madrid— y añade algo que no hace nadie más: sus bonificaciones se acumulan.

Los datos salen del texto consolidado del Decreto Legislativo 1/2005, enlazado al final.

Tu compra

El valor real o declarado
Determina si pagas ITP o IVA
Los reducidos tienen requisitos estrictos

La tarifa, en cinco tramos

Valor del bien hastaCuota íntegraResto valorTipo
00400.000,00 €8,00 %
400.000,00 €32.000,00 €50.000,00 €8,50 %
450.000,00 €36.250,00 €50.000,00 €9,00 %
500.000,00 €40.750,00 €250.000,00 €9,50 %
750.000,00 €64.500,00 €en adelante10,00 %

Que la norma publique la columna de «cuota íntegra» acumulada deja claro que es una tarifa progresiva: cada tramo grava solo su parte. Se comprueba sumando: 32.000 € más el 8,5 % de 50.000 € son exactamente los 36.250 € de la fila siguiente.

Las bonificaciones, que aquí no son tipos

Este es el punto que más confunde de Aragón. En casi todas las comunidades, pertenecer a un colectivo te cambia el tipo. Aquí no: el tipo sigue siendo el de la tarifa, y lo que se te descuenta es un porcentaje de la cuota ya calculada.

  • Menores de 35 años: 12,5 % de bonificación en ITP y 30 % en AJD.
  • Discapacidad igual o superior al 65 %: mismas cifras.
  • Mujeres víctimas de violencia de género, con orden de protección en vigor o sentencia firme en los últimos 10 años: mismas cifras.

Los tres exigen que sea tu vivienda habitual y que el valor real del inmueble no supere los 100.000 €. Es un límite bajo, y conviene decirlo claro: deja fuera a la mayoría de las compras.

Y se acumulan

La norma lo dice con todas las letras: «las bonificaciones en cuota previstas en este artículo serán compatibles entre sí».

Así que una compradora menor de 35 años con una discapacidad del 65 % puede aplicar el 12,5 % dos veces. Esta calculadora aplica una cada vez, porque el formulario pide una sola situación: si cumples varias, tu cuota real será menor que la que ves aquí.

Otro matiz útil: si compráis en proindiviso y no todos cumplís los requisitos, la bonificación se aplica en proporción a la participación de quien sí los cumple.

Familias numerosas: el 50 %

La bonificación más grande es la de familia numerosa: el 50 % de la cuota de ITP y el 60 % de la de AJD. Y sin límite de valor del inmueble, a diferencia de las anteriores.

A cambio, los requisitos son exigentes:

  • Vender en firme la vivienda habitual anterior entre los dos años anteriores y los cuatro posteriores a la compra.
  • Que la nueva tenga una superficie útil más de un 10 % superior a la anterior.
  • Un límite de renta conjunto de 35.000 € sumando a todos los que vayan a habitar la vivienda, tras restar el mínimo del contribuyente y por descendientes. Sube 6.000 € por cada hijo que exceda del mínimo para ser familia numerosa.

Si es vuestra primera vivienda habitual, los dos primeros requisitos se dan por cumplidos. El de renta, no.

Obra nueva

IVA del 10 %, estatal, más AJD del 1,5 %, que fija Aragón, con las bonificaciones del 30 % o del 60 % si te corresponden.

Si en la operación se ha renunciado a la exención de IVA —caso entre empresarios—, el AJD sube al 2 %.

Plazo y modelo

Un mes desde el día siguiente al devengo, con el modelo 600. Lo fija la propia norma aragonesa.

Fuentes

Consultadas el 14 de septiembre de 2026. Compara con el resto de comunidades.

Aviso: estimación orientativa de los impuestos, sin incluir notaría, registro ni gestoría. Los tipos reducidos exigen varios requisitos simultáneos que aquí se resumen, y su incumplimiento posterior obliga a una autoliquidación complementaria. Las bonificaciones aragonesas por edad, discapacidad y violencia de género son compatibles entre sí, y esta calculadora solo aplica una cada vez: si cumples varias, tu cuota real será menor. No constituye asesoramiento fiscal ni jurídico: confirma tu caso con la Dirección General de Tributos del Gobierno de Aragón o con un asesor.

Tipos verificados en el texto consolidado del Decreto Legislativo 1/2005 el . Se revisan cada enero. Los cálculos se realizan íntegramente en tu navegador.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga de ITP en Aragón?
La tarifa va del 8 % al 10 % por tramos: 8 % hasta 400.000 €, 8,5 % hasta 450.000, 9 % hasta 500.000, 9,5 % hasta 750.000 y 10 % por encima. Sobre esa cuota se aplican después las bonificaciones que te correspondan.
¿Por qué Aragón bonifica en vez de bajar el tipo?
Es su modelo, y el resultado es distinto. En Madrid o en Galicia pertenecer a un colectivo cambia el tipo. En Aragón el tipo sigue siendo el de la tarifa y se te descuenta un porcentaje de la cuota ya calculada: el 12,5 % en ITP para menores de 35, discapacidad del 65 % o víctimas de violencia de género.
¿Es verdad que las bonificaciones se suman?
Sí, y es poco habitual. La norma dice expresamente que las bonificaciones de ese artículo «serán compatibles entre sí». Una persona menor de 35 años con una discapacidad igual o superior al 65 % puede aplicar el 12,5 % dos veces. Esta calculadora solo aplica una, así que tu cuota real sería menor.
El límite de 100.000 € parece muy bajo.
Lo es, y conviene saberlo antes de contar con la bonificación. La norma exige que el valor real del inmueble no supere los 100.000 € para las bonificaciones por edad, discapacidad y violencia de género. La de familia numerosa, en cambio, no tiene límite de valor.
¿Qué se llevan las familias numerosas?
El 50 % de la cuota de ITP y el 60 % de la de AJD, sin límite de valor del inmueble. A cambio hay que vender la vivienda anterior entre los dos años anteriores y los cuatro posteriores, que la nueva tenga más de un 10 % de superficie útil, y no superar un límite de renta conjunto de 35.000 €, que sube 6.000 € por hijo adicional.
Somos familia numerosa y es nuestra primera vivienda. ¿Nos piden vender otra?
No. La norma da por cumplidos los requisitos de venta de la anterior y de aumento de superficie cuando la vivienda adquirida es la primera vivienda habitual del sujeto pasivo. El límite de renta sí sigue aplicándose.
Compramos entre varios y no todos cumplimos. ¿Se pierde todo?
No. En las adquisiciones en proindiviso, si no todos los propietarios cumplen los requisitos de edad, discapacidad o violencia de género, la bonificación se aplica en proporción a la participación de quien sí los cumple.
Compro obra nueva. ¿Qué pago?
IVA del 10 %, que es estatal, más AJD del 1,5 %, que fija Aragón. Sobre ese AJD se aplican las bonificaciones del 30 % —menores de 35, discapacidad del 65 %, violencia de género— o del 60 % para familias numerosas.

Los impuestos en las otras comunidades

Cada comunidad tiene su propio modelo, no el mismo con otro porcentaje. Compara con la tuya:

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